TLDR: La obligación se aplicaba a las personas que ejercían una actividad lucrativa en la vía pública o en un lugar público sin tener en Francia domicilio o residencia fija desde hacía más de seis meses. Debían darse de alta ante la administración fiscal y depositar una cantidad como garantía para el cobro de impuestos y tasas. Este dispositivo fue suprimido a partir del 7 de diciembre de 2020.
Público afectado
La obligación se dirigía exclusivamente a los individuos que ejercían una actividad lucrativa en la vía pública o en un lugar público, sin domicilio ni residencia fija en Francia desde hacía más de seis meses. No se hacía distinción alguna según el tipo de actividad, siempre que esta fuera lucrativa.
Naturaleza de la obligación
Las personas afectadas debían:
- Darse de alta ante la administración fiscal.
- Depositar trimestralmente una cantidad como garantía para el cobro de los impuestos y tasas de los que fueran responsables.
- Presentar, a requerimiento, el resguardo expedido a cambio del depósito.
Alcance de la medida
La medida se aplicaba independientemente de la nacionalidad o del estatus jurídico de la actividad (comercial, artesanal, etc.), siempre que se cumplieran los criterios de lugar y duración.
Marco jurídico
La obligación estaba regulada por el artículo 302 octies del código general de impuestos (CGI). Este texto precisaba las modalidades de declaración y depósito de la cantidad de garantía.
Supresión del dispositivo
El artículo 127 de la ley n° 2020-1525 del 7 de diciembre de 2020 suprimió este dispositivo a partir de su fecha de publicación. Los comentarios administrativos asociados se retiraron en la misma fecha.
Exclusiones y límites
No se preveían excepciones para categorías específicas de trabajadores ambulantes. El dispositivo no se aplicaba a las personas con domicilio o residencia fija en Francia desde hacía más de seis meses.
Contexto histórico
Esta obligación tenía como objetivo garantizar el cobro de impuestos para contribuyentes móviles, cuya ubicación podía dificultar el seguimiento fiscal clásico.