TL;DR: Debes declarar el cese de tu actividad profesional en línea o por correo, según tu régimen fiscal. Los plazos varían: 30 días para los sujetos pasivos del IVA, 60 días para las microempresas (6 meses en caso de fallecimiento). Incluye en tu declaración los beneficios, créditos devengados no cobrados, plusvalías y minusvalías profesionales. Utiliza el sitio impots.gouv.fr para los formularios y la autenticación.
¿Quién debe declarar el cese?
Los contribuyentes en el régimen de microempresa deben declarar el cese en un plazo de 60 días (6 meses en caso de fallecimiento del titular). Además, deben presentar un estado que precise el importe neto de las plusvalías gravables, si es aplicable.
Los sujetos pasivos del IVA (incluidos aquellos bajo régimen simplificado) deben declarar el cese en un plazo de 30 días tras el evento.
En caso de transformación de una SCP en SEL (sociedad sujeta al impuesto sobre sociedades), los socios deben declarar su parte proporcional de los beneficios no comerciales en un plazo de 60 días a partir de la fecha de la transformación.
Modalidades de declaración: en línea o en papel
Las declaraciones están disponibles en línea en impots.gouv.fr en la sección « recherche de formulaire ». Para los contribuyentes bajo régimen declarativo especial, la declaración debe enviarse al Service des Impôts des Particuliers (SIP) competente según su domicilio.
Para declarar en línea, autentifícate en tu espacio « Finances publiques » con tu número fiscal y tu contraseña. Si es tu primera declaración en línea, puedes obtener tus credenciales en tu SIP.
Información y documentos a incluir
Tu declaración debe contener:
- La fecha efectiva del cese.
- Los beneficios obtenidos hasta esa fecha, incluidos los créditos devengados pero aún no cobrados (para las profesiones no comerciales).
- Las plusvalías y minusvalías profesionales a considerar para la imposición inmediata.
- Para las microempresas, la cifra de negocios a declarar incluye, en su caso, los ingresos procedentes de la cesión global de existencias al final de la explotación.
Plazos y correcciones
- Microempresas: plazo de 60 días (ampliado a 6 meses en caso de fallecimiento).
- Sujetos pasivos del IVA: plazo de 30 días.
- Transformación de SCP en SEL: plazo de 60 días para los socios.
En caso de declaración en línea, puedes corregir tu declaración incluso después de su firma.
Casos particulares y excepciones
La imposición inmediata de los beneficios debe tener en cuenta las plusvalías y minusvalías profesionales. Los créditos devengados pero aún no cobrados se incluyen en el beneficio imponible, a menos que su importe o su vencimiento sigan siendo inciertos (ej.: honorarios de abogado por casos aún no juzgados).
En caso de transformación de sociedad (ej.: sociedad de capitales en SCP), si la operación no implica la creación de una nueva persona jurídica, la imposición al impuesto sobre sociedades solo afecta a los beneficios del ejercicio en curso.
Sanciones y regularizaciones
Si no cumples los plazos, la administración puede establecer de oficio las bases de imposición. Para los sujetos pasivos del IVA, la declaración de cese debe ir acompañada de las regularizaciones necesarias (ej.: reembolso del IVA deducido sobre bienes no utilizados en operaciones que den derecho a deducción).