TLDR — Si tiene su domicilio fiscal en Francia, debe declarar los ingresos extranjeros según su naturaleza y las normas que les sean aplicables. En principio, los ingresos procedentes de valores mobiliarios extranjeros percibidos a título privado están sujetos al impuesto sobre la renta. Los ingresos exentos que se tienen en cuenta para calcular el tipo efectivo también deben declararse en las condiciones previstas.
El principio si tiene su domicilio fiscal en Francia
Debe declarar los ingresos y beneficios sujetos al impuesto sobre la renta, así como los elementos necesarios para calcular dicho impuesto. Cuando tiene su domicilio fiscal en Francia y percibe a título privado ingresos procedentes de valores mobiliarios emitidos fuera de Francia, estos ingresos y los ingresos asimilados están, en principio, sujetos al impuesto sobre la renta.
Esta norma se refiere a los ingresos procedentes de valores mobiliarios extranjeros y a los ingresos asimilados. No permite aplicar automáticamente el mismo tratamiento a todas las categorías de ingresos percibidos en el extranjero.
Los formularios y los ingresos exentos
Los formularios n.º 2042, 2042-C y 2042-NR están disponibles en el sitio www.impots.gouv.fr, en la página «Búsqueda de formularios».
Debe declarar espontáneamente los ingresos exentos que deban tenerse en cuenta para calcular el «tipo efectivo». Esta obligación también se aplica a los elementos de la renta global exentos en virtud de la ley o de un convenio internacional cuando deban tenerse en cuenta para calcular el impuesto aplicable a sus otros ingresos.
Debe indicar los importes correspondientes en la línea prevista a tal efecto en la declaración complementaria n.º 2042-C, correspondiente al formulario CERFA n.º 11222. Esta norma se refiere a los ingresos exentos considerados para calcular el «tipo efectivo»; no se aplica automáticamente a cualquier cantidad recibida del extranjero.
Se recomienda adjuntar una nota en la que se indique la naturaleza y el importe bruto de los ingresos exentos, antes de deducir los gastos y el impuesto extranjero, así como el país de origen, los gastos correspondientes y la naturaleza y el importe del impuesto pagado en el extranjero.
Las situaciones particulares previstas por la normativa
Si transfiere su domicilio fiscal de Francia al extranjero, se aplican normas específicas a los ingresos del año de la partida. El año siguiente a su partida, debe presentar las declaraciones previstas para los ingresos correspondientes: una declaración n.º 2042, eventualmente acompañada de la n.º 2042-C y, en su caso, una declaración n.º 2042-NR para los ingresos de fuente francesa percibidos después de su partida.
Si tiene una cuenta en el extranjero sujeta a una obligación de declaración y dicha cuenta no ha sido declarada, las cantidades, títulos o valores transferidos al extranjero o recibidos del extranjero a través de ella se consideran, salvo prueba en contrario, ingresos imponibles. Una norma comparable se aplica a los pagos efectuados mediante contratos no declarados, en las condiciones previstas por la ley.
Para los rendimientos de títulos extranjeros percibidos en un PEA o un PEA-PME, las modalidades de declaración dependen, en particular, de la naturaleza de los títulos y de la existencia de un convenio fiscal con Francia. Las indicaciones relativas a los créditos fiscales convencionales se refieren a los rendimientos de títulos no cotizados en las zonas previstas de las hojas correspondientes.