¿Cómo funciona la tributación conjunta durante el año del matrimonio o del PACS?

Redactado por Solvo · a partir de fuentes oficiales · Publicado el 9 de septiembre de 2026

TLDR: Si se casa o celebra un PACS, en principio tributa conjuntamente por la totalidad del año correspondiente. No obstante, puede optar por una tributación separada de sus rentas, en las condiciones previstas por el CGI.

La regla de la tributación conjunta

Si se casa o celebra un PACS, la tributación conjunta se aplica, en principio, a la totalidad del año durante el cual tiene lugar el acontecimiento. Por tanto, no se limita al período posterior a la fecha del matrimonio o del PACS.

Abarca la totalidad de las rentas de las que haya dispuesto durante ese año. Para las parejas vinculadas por un PACS, la tributación conjunta se establece a nombre de ambos.

La declaración de la unidad familiar fiscal

Se presenta una única declaración general de rentas para la unidad familiar fiscal. Esta debe incluir las rentas de sus miembros, de conformidad con las reglas aplicables a la tributación conjunta.

Usted firma conjuntamente la declaración con su cónyuge o pareja. No obstante, la declaración firmada por uno solo de ustedes sigue siendo oponible al otro.

La opción por la tributación separada

Durante el año del matrimonio o de la celebración del PACS, puede renunciar a la tributación conjunta y optar por una tributación separada de sus rentas.

Cada tributación se refiere entonces a las rentas de las que haya dispuesto personalmente durante el año, así como a la parte proporcional de las rentas comunes que le corresponda. Si dicha parte proporcional no está justificada, las rentas comunes se distribuyen a partes iguales entre ustedes.

Debe ejercer esta opción dentro del plazo previsto para la presentación de la declaración inicial de rentas mencionada en el artículo 170 del CGI. La opción es irrevocable. No se aplica cuando ya estaban vinculados por un PACS celebrado respecto de un año anterior y posteriormente contraen matrimonio entre ustedes.

Situaciones particulares

Si ya estaban vinculados por un PACS declarado a la administración tributaria el 1 de enero del año del matrimonio, el matrimonio no tiene incidencia en el tipo de retención en origen de su unidad familiar y no tiene que declarar este matrimonio a efectos de dicha retención.

Por otra parte, en el marco de la retención en origen, las personas casadas que están casadas bajo separación de bienes y no viven bajo el mismo techo siguen estando sujetas a una tributación separada. Esta regla se refiere a la aplicación de la retención en origen y no modifica la regla general presentada anteriormente.

Contenido informativo, no constituye asesoramiento fiscal personalizado.

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Fuentes oficiales

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