¿Cómo registrarse en el servicio de impuestos de empresas (SIE) en Francia?

Redactado por Solvo · a partir de fuentes oficiales · Publicado el 3 de septiembre de 2026

TLDR: El registro en el SIE es automático para los sujetos pasivos del IVA en Francia, que declaran su volumen de negocios ante el SIE territorialmente competente. Las empresas extranjeras comunitarias sin establecimiento estable ni empleados bajo el régimen social francés dependen del SIE de la DRESG. Los trámites telemáticos sustituyen a los formularios en papel.

¿Quién debe registrarse en el SIE?

Todos los sujetos pasivos del impuesto sobre el valor añadido (IVA) en Francia deben presentar sus declaraciones de volumen de negocios ante el SIE territorialmente competente. Esta obligación se aplica a los trabajadores autónomos y a las empresas sujetas al IVA.

Casos particulares para empresas extranjeras

Las empresas extranjeras comunitarias sin establecimiento estable en Francia y sin empleados sometidos al régimen social francés dependen del SIE de la Dirección de Residentes en el Extranjero y Servicios Generales (DRESG). Este servicio conserva sus atribuciones para los trámites de estas empresas.

Modalidades de registro y declaración

El envío de un formulario de adhesión en papel al SIE ha sido suprimido. Las declaraciones y los trámites deben realizarse exclusivamente por vía telemática. El SIE actúa como interlocutor fiscal único para los profesionales, recibiendo sus solicitudes (información, recursos, emisión de certificados, etc.).

Representación fiscal y mandato

Los sujetos pasivos no establecidos en la UE deben designar un representante fiscal en Francia para cumplir sus obligaciones de IVA. Este representante debe estar identificado ante el SIE competente.

Los sujetos pasivos establecidos en otro Estado miembro de la UE sin establecimiento en Francia no tienen ni la obligación ni la facultad de designar un representante fiscal. Sin embargo, pueden recurrir a un mandatario para realizar sus trámites declarativos y de pago.

Los sujetos pasivos no establecidos ni identificados a efectos del IVA en Francia pueden, en ciertos casos, utilizar un mandatario internacional, que debe estar identificado ante el SIE del que dependa.

Competencia territorial del SIE

El SIE competente se determina en función del lugar de ubicación del establecimiento (sede, establecimiento principal o secundario) de la empresa. Para las empresas sin establecimiento en Francia pero identificadas a efectos del IVA, el SIE competente es el de la DRESG.

Obligaciones declarativas

Las declaraciones de volumen de negocios y las obligaciones relacionadas con el IVA deben presentarse ante el SIE competente. Las importaciones y las salidas de dispositivos de suspensión del IVA están especialmente afectadas por estas obligaciones.

Contenido informativo, no constituye asesoramiento fiscal personalizado.

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Fuentes oficiales

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