TL;DR: El año siguiente a su salida de un régimen real, reduce los ingresos correspondientes por el importe sin impuestos de los créditos que figuran en el balance del último ejercicio sujeto a imposición según este régimen y, a continuación, aplica la reducción del 87 %.
El año correspondiente
La regla se aplica al año siguiente a su salida del régimen real de imposición.
Los créditos que deben deducirse
Debe deducir de los ingresos correspondientes el importe sin impuestos de los créditos que figuran en el balance del último ejercicio sujeto a imposición según el régimen real. Por tanto, esta deducción no se refiere indistintamente a todos los créditos de su actividad.
El orden del cálculo
Primero debe reducir los ingresos correspondientes por el importe sin impuestos de los créditos considerados. A continuación, aplica la reducción del 87 % al importe obtenido.