¿Cuál es la base legal para la declaración de cuentas en el extranjero?

Redactado por Solvo · a partir de fuentes oficiales · Publicado el 6 de septiembre de 2026

TLDR: La base legal es el artículo 1649 A del Código General de Impuestos (CGI), que obliga a las personas físicas, asociaciones y sociedades sin forma comercial domiciliadas o establecidas en Francia a declarar las cuentas abiertas, poseídas, utilizadas o cerradas en el extranjero.

Base legal

La obligación de declaración se fundamenta en el artículo 1649 A del CGI, que establece explícitamente la necesidad de declarar las cuentas en el extranjero para las categorías de sujetos mencionadas.

Personas afectadas

La obligación se aplica a personas físicas, asociaciones y sociedades sin forma comercial domiciliadas o establecidas en Francia. También están afectados los titulares de un poder sobre una cuenta en el extranjero, así como las personas de nacionalidad francesa que hayan establecido su residencia habitual en Mónaco a partir del 14 de octubre de 1957.

Contenido de la declaración

La declaración debe incluir los elementos de identificación de la cuenta, en particular:

Modalidades de declaración

La declaración puede realizarse mediante el formulario n° 3916-3916 bis (CERFA n° 11916), disponible en línea en www.impots.gouv.fr. También está prevista una teledeclaración según lo dispuesto en los artículos 1649 quater B bis y siguientes del CGI.

Plazos y periodicidad

La declaración debe presentarse junto con la declaración de la renta o de resultados y por cada año o ejercicio en el que la cuenta haya sido abierta, poseída, utilizada o cerrada.

Excepciones

La obligación de declaración no se aplica a las cuentas mantenidas en el extranjero en establecimientos financieros cuando se cumplen las siguientes condiciones acumulativas:

Contenido informativo, no constituye asesoramiento fiscal personalizado.

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Fuentes oficiales

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