TLDR: Puedes utilizar otro medio de declaración si indicas a la administración que no puedes declarar en línea. El extracto legal proporcionado también prevé una exención relacionada con la ausencia de servicio móvil, pero solo hasta el 31 de diciembre de 2024; por tanto, su aplicación actual no está confirmada por estas fuentes.
Regla general
La declaración prevista en el artículo 170 del Código General de Impuestos y sus anexos deben presentarse por vía electrónica si tu residencia principal dispone de acceso a internet.
Imposibilidad de declarar en línea
Puedes utilizar los demás medios previstos por la ley si indicas a la administración que no puedes presentar tu declaración por vía electrónica.
Esta excepción se refiere al modo de presentación en línea. No constituye una exención general de presentar tu declaración de la renta. Las fuentes proporcionadas no precisan cuáles son concretamente los demás medios de presentación.
Ausencia de servicio móvil
Las personas físicas que residen en una zona donde no hay ningún servicio móvil disponible se benefician, según los extractos proporcionados, de una exención de la declaración telemática de sus ingresos hasta el 31 de diciembre de 2024.
Dado que esta fecha ya ha pasado, no puedes considerar que esta exención sea actualmente aplicable basándote únicamente en las fuentes proporcionadas.
Alcance de las excepciones documentadas
Las fuentes proporcionadas documentan estas dos situaciones en el marco de la obligación de declarar los ingresos por vía telemática. No permiten confirmar otras excepciones a esta obligación.