TLDR: Los microempresarios pueden beneficiarse de varios tipos de exenciones, como el pago liberatorio del impuesto sobre la renta, exenciones territoriales para nuevas empresas en zonas específicas y exenciones de la CFE (cotización foncière des entreprises) para ciertas categorías de artistas y autores. Estas exenciones están sujetas a condiciones estrictas y, a menudo, requieren una solicitud específica.
Pago liberatorio del impuesto sobre la renta
El pago liberatorio del impuesto sobre la renta permite a los microempresarios pagar un impuesto fijo sobre su volumen de negocios, en sustitución del impuesto progresivo sobre la renta. Para beneficiarse de ello, los trabajadores autónomos deben cumplir varias condiciones:
- Tener unos ingresos fiscales de referencia del hogar fiscal (año N-2) que no superen, por una parte del cociente familiar, el límite superior del segundo tramo de la escala del impuesto sobre la renta del año anterior (N-1).
- Estar sujetos al régimen micro-social.
El ingreso de referencia se calcula antes de la deducción forfaitaria (71%, 50% o 34% según la actividad).
Exenciones territoriales para nuevas empresas
Los microempresarios que crean una actividad en zonas específicas pueden beneficiarse de exenciones territoriales. Estas zonas incluyen:
- Las Zonas Francas Urbanas (ZFU), donde la exención puede afectar a la cotización foncière des entreprises (CFE) y, en algunos casos, al impuesto sobre la renta durante un período limitado.
- Las Cuencas de Empleo a Revitalizar (BER), con exenciones temporales para nuevas empresas.
- Las Zonas de Desarrollo Prioritario (ZDP), donde las exenciones están vinculadas a la creación de empleo o a inversiones.
Para beneficiarse de estas exenciones, la opción debe formularse dentro del plazo de presentación de la declaración de CFE del año en el que se solicita la exención.
Exenciones de CFE para categorías específicas
Ciertas categorías de microempresarios están exentas de la cotización foncière des entreprises (CFE):
- Los artistas plásticos y gráficos que venden únicamente sus propias obras de arte.
- Los fotógrafos autores, limitados a la cesión de obras fotográficas de arte.
- Los autores literarios, musicales o coreográficos, excluyendo a los autores de software.
Estas exenciones son automáticas si se cumplen las condiciones legales, sin necesidad de solicitud específica, excepto para las categorías que deben indicar los ingresos exentos en la declaración.
Límites y exclusiones de las exenciones
No todos los microempresarios pueden beneficiarse de las exenciones. En particular:
- Los trabajadores independientes que renuncian al régimen micro-social pierden el derecho al pago liberatorio.
- Las exenciones territoriales no se aplican en caso de cambio de titular o de reanudación de una actividad existente.
Además, las exenciones de CFE para artistas y autores no cubren actividades distintas a la venta de obras de arte o la cesión de derechos de autor.
Procedimiento para las exenciones de CFE
Para las exenciones territoriales (por ejemplo, ZFU, BER, ZDP), la solicitud debe presentarse dentro del plazo de presentación de la declaración de CFE relativa al primer año en el que se solicita la exención. No existe un formulario específico distinto al de la propia declaración de CFE, donde debe indicarse la opción de exención.