TLDR: Las fuentes oficiales son el Código General de Impuestos (CGI) y el Boletín Oficial de las Finanzas Públicas (BOFiP). Estos textos regulan las obligaciones declarativas de los operadores de plataformas y de los prestadores no residentes, incluidas las normativas especiales, los plazos y las modalidades de declaración.
Fuentes oficiales principales
Las obligaciones declarativas de los prestadores de servicios no establecidos en Francia están definidas por dos fuentes oficiales:
- El Código General de Impuestos (CGI), que contiene los artículos reglamentarios aplicables.
- El Boletín Oficial de las Finanzas Públicas (BOFiP), que precisa las modalidades de aplicación e interpretaciones administrativas.
Obligaciones de los operadores de plataformas
Los operadores de plataformas que ponen en contacto a vendedores o prestadores con compradores por vía electrónica están sujetos a obligaciones declarativas y de diligencia. Estas obligaciones están reguladas por los artículos 1649 ter A a 1649 ter E del CGI y se aplican a las operaciones realizadas a partir del 1 de enero de 2023. Sustituyen al dispositivo anterior «Écollab» (artículo 242 bis del CGI), que sigue siendo válido únicamente para la campaña declarativa 2023 (operaciones de 2022).
Régimen especial para prestadores no establecidos en la UE
Los prestadores de servicios no establecidos en la Unión Europea pueden beneficiarse de un régimen especial de declaración y pago previsto en el artículo 298 sexdecies F del CGI. Este régimen se aplica a las prestaciones de servicios realizadas en la UE a personas no sujetas, establecidas, domiciliadas o residentes habitualmente en un Estado miembro.
Registro y conservación de la información
Los operadores de plataformas deben llevar un registro anual de las acciones emprendidas y de la información utilizada para cumplir con sus obligaciones de diligencia y declarativas. Este registro debe conservarse y ponerse a disposición de la Dirección General de Finanzas Públicas (DGFiP) a solicitud.
Modalidades y plazos de declaración
Las declaraciones deben transmitirse por vía electrónica a la administración fiscal francesa. El plazo de transmisión se fija el 31 de enero del año siguiente al que corresponden las operaciones declaradas. En caso de plazo adicional para las diligencias sobre vendedores o prestadores ya registrados, se debe presentar una declaración rectificativa a más tardar el 31 de enero del año N+2 para las operaciones realizadas en N.
Sanciones y retirada del número de registro
En caso de incumplimiento de las obligaciones declarativas, la administración fiscal puede retirar el número de registro único del prestador de servicios. Esta retirada se produce tras un plazo de 3 meses para la regularización, seguido de un plazo adicional de 30 días si la situación no se regulariza.