Resumen: La declaración europea de servicios (DES) es obligatoria para los trabajadores autónomos en Francia que prestan servicios a sujetos pasivos del IVA en otros Estados miembros de la UE. El acceso se realiza a través del teleservicio DES en el portal de aduanas francés, excepto para los sujetos en régimen de franquicia en base, que pueden utilizar el formulario CERFA n.º 13964.
¿Quién está obligado a presentar la DES?
La declaración europea de servicios debe ser presentada por personas físicas o jurídicas que cumplan tres condiciones acumulativas:
- Tener en Francia la sede de la actividad económica, un establecimiento estable o el domicilio o residencia habitual.
- Prestar servicios a un sujeto pasivo del IVA establecido en otro Estado miembro de la UE.
- La prestación debe estar localizada en el Estado miembro del comitente según las normas de territorialidad del IVA.
Quedan excluidos de la obligación:
- Los sujetos establecidos en los Departamentos de Ultramar (DOM) franceses.
- Las prestaciones no gravadas en el Estado miembro del comitente por utilización efectiva fuera de la UE.
- Las prestaciones cuya territorialidad no sigue la regla general del lugar del comitente.
Acceso al teleservicio DES
Para acceder a la declaración en línea, es necesario:
- Disponer de un número de identificación del IVA francés válido.
- Utilizar el portal de aduanas francesas (www.douane.gouv.fr), donde están disponibles la compilación directa (introducción en línea, modalidad DTI) y la importación de archivos XML privados (modalidad DTI+).
El teleservicio ofrece un módulo de simulación para verificar la corrección de los datos antes del envío y permite el archivado automático de las declaraciones presentadas.
Modalidades de presentación: en línea o en papel
Procedimiento en línea (obligatorio por defecto)
La declaración debe presentarse a través del teleservicio DES, con dos opciones:
- Compilación directa (DTI): introducción manual de los datos en el portal.
- Importación XML (DTI+): carga de un archivo estructurado en formato XML.
Procedimiento en papel (excepcional)
Reservado únicamente a los sujetos en régimen de franquicia en base (art. 293 B CGI), que pueden optar por utilizar el formulario CERFA n.º 13964, disponible en el sitio entreprendre.service-public.fr.
Contenido de la declaración
La DES debe incluir la siguiente información:
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Datos del prestador:
- Número de identificación del IVA francés.
- Dirección completa y razón social o denominación social.
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Período de referencia de la declaración (trimestral para regímenes especiales).
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Datos del comitente de la UE:
- Número de identificación del IVA del comitente en el Estado miembro de destino.
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Montos declarados:
- Total imponible (sin IVA) de las prestaciones por las que el comitente es deudor del impuesto en el Estado miembro, redondeado al euro más cercano.
- Eventuales anticipos cobrados relacionados con prestaciones sujetas a autoliquidación.
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Regularizaciones comerciales (descuentos, bonificaciones):
- Pueden agruparse en una sola línea por comitente, indicando el saldo neto entre montos positivos y negativos.
Plazos y correcciones
- Obligación declarativa: La DES debe presentarse desde el primer euro de prestaciones sujetas, sin umbral de exención.
- Periodicidad: La declaración es trimestral para los regímenes especiales previstos en el art. 298 sexdecies CGI.
- Correcciones: No hay un plazo específico para las rectificaciones, pero la declaración debe reflejar siempre el saldo efectivo (positivo o negativo) para cada comitente.
Exclusiones y casos particulares
No están obligados a presentar la DES los sujetos que prestan:
- Servicios no gravados en el Estado miembro del comitente por utilización fuera de la UE.
- Servicios cuya territorialidad no sigue la regla general del lugar del comitente (ej. servicios inmobiliarios, acceso a eventos culturales).
- Servicios autoliquidados por el comitente pero exentos por opción del Estado miembro.