¿Cuáles son las normas de reconstrucción de ingresos para las entidades ubicadas en países con regímenes fiscales privilegiados?

Redactado por Solvo · a partir de fuentes oficiales · Publicado el 6 de septiembre de 2026

TLDR: Las personas jurídicas francesas sujetas al impuesto sobre sociedades (IS) deben declarar los beneficios o ingresos positivos de las entidades establecidas en países con regímenes fiscales privilegiados (tasa de imposición inferior en un 40 % o más a la aplicable en Francia). Estos ingresos son gravables en Francia según las normas de reconstrucción de resultados, salvo prueba de que las operaciones tienen un efecto principalmente no fiscal. La aplicación de estas normas se coordina con los convenios fiscales internacionales.

Ámbito de aplicación

Las personas jurídicas establecidas en Francia y sujetas al impuesto sobre sociedades (IS) están afectadas si:

Definición de un régimen fiscal privilegiado

Una entidad está sujeta a un régimen fiscal privilegiado si:

Reconstrucción de ingresos e imposición

Los beneficios o ingresos positivos obtenidos por la entidad extranjera son gravables en Francia según las normas de reconstrucción de resultados. Estos ingresos se consideran como ingresos de capitales mobiliarios gravables en la proporción de las acciones, participaciones o derechos financieros poseídos.

La reconstrucción de resultados se realiza según las normas fiscales francesas, en particular:

Excepciones y límites

La imposición no se aplica si la persona jurídica francesa demuestra que las operaciones de la entidad extranjera tienen un efecto principalmente distinto al fiscal, conforme al apartado III del artículo 209 B del CGI.

Coordinación con los convenios fiscales internacionales

La aplicación de las normas de reconstrucción de ingresos debe coordinarse con las disposiciones de los convenios fiscales internacionales, que pueden limitar o excluir la aplicación de las normas internas.

Casos particulares

Los ingresos considerados como distribuidos por una entidad sujeta a un régimen fiscal privilegiado son gravables para la persona jurídica francesa, incluso si no son objeto de un pago efectivo.

Contenido informativo, no constituye asesoramiento fiscal personalizado.

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Fuentes oficiales

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