TLDR: Los prestadores de servicios sobre criptoactivos en Francia deben declarar a la administración fiscal las transacciones realizadas por sus usuarios, bajo condiciones precisas (autorización, residencia fiscal, constitución o gestión en Francia, o sucursal local). La obligación se aplica a los usuarios residentes en Francia o en un Estado asociado, así como a las entidades no financieras pasivas controladas por residentes. La declaración incluye los datos de identificación de los usuarios y de las personas controlantes, así como los detalles de las transacciones. Existen exenciones para ciertas entidades (cotizadas, públicas, etc.).
¿A quién afecta la obligación declarativa?
Los prestadores de servicios sobre criptoactivos deben presentar una declaración si cumplen al menos una de las siguientes condiciones:
- Autorización por las autoridades francesas o notificación para prestar servicios sobre criptoactivos;
- Residencia fiscal en Francia;
- Constitución como sociedad conforme a la legislación francesa, con personalidad jurídica u obligación de declaración fiscal en Francia;
- Gestión desde Francia;
- Sede de actividad habitual en Francia;
- Realización de transacciones a través de una sucursal establecida en Francia.
La obligación no se aplica si el prestador tiene su residencia fiscal en un Estado o territorio asociado y cumple allí obligaciones declarativas equivalentes.
¿Qué usuarios deben ser declarados?
La declaración afecta a los usuarios de criptoactivos que:
- Sean residentes en Francia o en un Estado o territorio asociado;
- Si se trata de entidades no financieras pasivas, estén controladas por al menos una persona física residente en Francia o en un Estado asociado.
Quedan excluidos de la obligación declarativa:
- Las entidades cuyas acciones cotizan en un mercado bursátil regulado o vinculadas a una entidad de este tipo;
- Las entidades públicas;
- Las organizaciones internacionales;
- Los bancos centrales;
- Las instituciones financieras cuyos ingresos provengan principalmente de actividades de inversión, reinversión o negociación de activos financieros o criptoactivos.
¿Qué información debe declararse?
Para cada usuario de criptoactivos, la declaración debe incluir:
- Su número de identificación fiscal (si está disponible);
- Su dirección;
- Su o sus Estados o territorios de residencia.
Para las personas físicas que controlan un usuario de criptoactivos, la declaración también debe incluir:
- Su número de identificación fiscal (si está disponible);
- Su cargo;
- Su dirección;
- Su o sus Estados o territorios de residencia.
¿Qué transacciones están afectadas?
La declaración debe cubrir las siguientes transacciones realizadas por cada usuario:
- Los intercambios entre diferentes tipos de criptoactivos o entre criptoactivos y moneda emitida por un banco central;
- Las transferencias de criptoactivos desde o hacia una cuenta o dirección perteneciente al usuario.
¿Cuáles son las obligaciones del prestador?
El prestador debe:
- Identificar a los usuarios que realicen transacciones declarables y recopilar sus datos de residencia fiscal y, en su caso, su número de identificación fiscal;
- Verificar la fiabilidad de la información recopilada;
- Llevar un registro de los trámites realizados y de la información obtenida;
- Proporcionar a cada usuario o persona controlante la información transmitida a la administración fiscal que le concierna, antes de presentar la declaración;
- Bloquear el acceso a las transacciones declarables si el usuario no proporciona la información necesaria tras dos recordatorios y un plazo de sesenta días.
Modalidades de presentación de la declaración
La declaración debe presentarse ante la administración fiscal en las condiciones y plazos establecidos por decreto.
Obligaciones de los usuarios
El usuario de criptoactivos que realice transacciones declarables debe transmitir al prestador la información necesaria para la aplicación del artículo 1649 AC bis del CGI.