Los prestadores de servicios no establecidos en Francia deben cumplir con obligaciones declarativas específicas en materia de IVA y, en ciertos casos, para las operaciones realizadas a través de plataformas digitales. Estas obligaciones varían según si el prestador está establecido en la UE o fuera de ella, así como según la naturaleza de las operaciones realizadas.
¿Quién debe declarar?
Prestadores establecidos en la UE
Los prestadores de servicios no establecidos en Francia, pero residentes en otro Estado miembro de la UE, deben declarar y pagar el IVA en Francia si realizan operaciones gravadas en el territorio francés. No están obligados a designar un representante fiscal, pero deben identificarse ante el Servicio de Impuestos de Empresas Extranjeras (SIEE) de la DINR.
Prestadores establecidos fuera de la UE
Los prestadores no establecidos en la UE que realicen operaciones gravadas en Francia deben designar un representante fiscal acreditado ante la DGFiP. Este representante, establecido en Francia, es solidariamente responsable del pago del IVA y de las eventuales sanciones.
Operadores de plataformas digitales
Los operadores de plataformas digitales no establecidos en Francia, pero que facilitan operaciones para vendedores o prestadores residentes en Francia, en otro Estado de la UE o en un Estado con convenio de intercambio automático de información, deben declarar estas operaciones a las autoridades francesas. Esta obligación se levanta si el operador ya cumple con estas obligaciones en otro Estado de la UE o en un Estado tercero con un convenio equivalente reconocido por la Comisión Europea.
Identificación y número fiscal
Prestadores de la UE: identificación directa
Los prestadores establecidos en la UE deben identificarse ante el IVA francés a través del SIEE para obtener un número de IVA. Esta identificación requiere documentos que acrediten la intención de realizar operaciones gravadas en Francia, como:
- Un certificado de inscripción en el registro de IVA del país de establecimiento.
- Documentos societarios.
- Pruebas de la actividad económica.
Prestadores extra-UE: representante fiscal
Los prestadores extra-UE no pueden identificarse directamente, sino que deben nombrar un representante fiscal en Francia, quien se encargará de la identificación y las obligaciones declarativas. El representante es solidariamente responsable del pago del IVA y de las sanciones.
Operadores de plataformas: número único
Los operadores de plataformas digitales que declaran operaciones en Francia reciben un número de registro único de la administración fiscal. Este número puede ser revocado en caso de incumplimiento de las obligaciones declarativas.
Modalidades de declaración
Procedimiento exclusivamente electrónico
Todas las declaraciones, ya sean de IVA o de operaciones a través de plataformas, deben realizarse por vía electrónica a través del portal de la DGFiP. No existe procedimiento en papel para sujetos no residentes.
Contenido de las declaraciones de IVA
Las declaraciones de IVA deben incluir:
- El número de IVA francés.
- El valor total de las operaciones gravadas, desglosado por tipo de tasa.
- El monto del IVA adeudado, también desglosado por tasa de imposición.
Los operadores de plataformas deben declarar:
- Los datos identificativos de los vendedores/prestadores.
- El importe y la naturaleza de las operaciones.
- El período de referencia de las operaciones.
Plazos y regularizaciones
Periodicidad de las declaraciones de IVA
La frecuencia de las declaraciones de IVA es mensual o trimestral, según el volumen de negocios. Las declaraciones deben presentarse incluso en ausencia de operaciones gravadas (declaración "a cero").
Corrección de errores
En caso de errores u omisiones, el prestador puede regularizar la declaración dentro de los plazos establecidos. Si la regularización no se realiza en los 3 meses siguientes a la notificación de la administración, el número de registro puede ser revocado.
Excepciones y sanciones
Exención de la designación de representante fiscal
Los prestadores establecidos en la UE no están obligados a designar un representante fiscal en Francia, a diferencia de los extra-UE.
Operaciones ya declaradas en otros Estados
Los operadores de plataformas no deben declarar en Francia las operaciones ya cubiertas por un convenio de intercambio automático con un Estado tercero. Sin embargo, deben declarar las operaciones no cubiertas por dichos convenios.
Revocación del número de registro
En caso de incumplimiento de las obligaciones declarativas, la administración fiscal puede revocar el número de registro del operador de plataforma tras un preaviso de 3 meses y 30 días.
Sanciones para prestadores extra-UE
Los prestadores extra-UE que operen en Francia sin representante fiscal están sujetos a sanciones, incluyendo:
- La responsabilidad solidaria del mandante por el pago del IVA.
- Intereses y multas.
Contenido informativo, no constituye asesoramiento fiscal personalizado.