TLDR: Los trabajadores autónomos en Francia (EI, EIRL, EURL, SASU, dirigentes de empresa, microempresarios) deben declarar anualmente sus ingresos según su régimen fiscal (declaración controlada o régimen real). Los trabajadores a domicilio cuyos ingresos se consideran salarios están excluidos. El pago liberatorio a tanto alzado es posible bajo ciertas condiciones para los microempresarios.
¿Quién se considera trabajador autónomo?
Los trabajadores autónomos incluyen a las personas inscritas como empresa individual (EI), empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL), sociedad unipersonal de responsabilidad limitada (EURL), sociedad por acciones simplificada unipersonal (SASU), así como a los dirigentes de empresa y las personas que ejercen una actividad comercial en régimen micro-social (autoempresarios).
¿Quién está excluido del estatus de trabajador autónomo?
Los trabajadores a domicilio cuyos ingresos se consideran salarios (en el sentido de los artículos L. 7412-1, L. 7412-2 y L. 7413-2 del Código de Trabajo) no se consideran trabajadores autónomos.
Obligaciones declarativas generales
Los contribuyentes no sometidos al régimen del artículo 50-0 del CGI deben presentar cada año una declaración que permita determinar y controlar el resultado imponible del año o ejercicio anterior. El contenido de esta declaración se fija por decreto.
Régimen de la declaración controlada
Los contribuyentes sometidos obligatoriamente o por opción al régimen de la declaración controlada deben presentar cada año una declaración cuyo contenido se precisa por decreto, en las condiciones y plazos previstos en los artículos 172 y 175 del CGI.
Régimen micro-social y pago liberatorio
Los trabajadores autónomos en régimen micro-social (incluidos los autoempresarios) pueden beneficiarse del pago liberatorio a tanto alzado del impuesto sobre la renta, siempre que cumplan los criterios de elegibilidad.
Trabajadores autónomos no residentes
Los trabajadores autónomos no residentes que dispongan de una explotación en Francia también están sujetos a las obligaciones declarativas, con modalidades similares a las de los residentes.
Casos particulares y exclusiones
Ciertas categorías, como los trabajadores a domicilio cuyos ingresos se asimilan a salarios, están explícitamente excluidas del ámbito de los trabajadores autónomos para la declaración fiscal.