TLDR: Desde 2014, los autoempresarios ya no se benefician de la exención temporal de la CFE. Están sujetos a esta cotización según las normas de derecho común, con excepciones limitadas y condiciones específicas.
Fin de la exención temporal
Desde el 1 de enero de 2014, los autoempresarios ya no se benefician de la exención temporal de la Cotización Foncière de las Empresas (CFE). Esta supresión fue introducida por el artículo 76 de la ley n° 2013-1278, sometiendo a los autoempresarios a la CFE en las condiciones de derecho común.
Excepciones y condiciones específicas
Se estableció una derogación transitoria para los autoempresarios que se beneficiaron de su primer año de exención en 2013. Estos siguen exentos de la CFE para el año 2014, siempre que continúen cumpliendo las condiciones de exención previstas en el artículo 1464 K del CGI en su redacción vigente al 31 de diciembre de 2013.
No imposición en ausencia de volumen de negocios
Los autoempresarios no están sujetos a la CFE mientras no hayan realizado ningún volumen de negocios ni ingresos. En caso de recibir un aviso de imposición de la CFE, pueden solicitar una reducción presentando prueba de la ausencia de volumen de negocios y salarios.
Límites de la base imponible mínima
La base imponible mínima de la CFE está limitada para los autoempresarios con un volumen de negocios anual inferior a 100.000 € (sin IVA). La escala distingue tres categorías para los contribuyentes con un volumen de negocios inferior a 100.000 € y dos categorías para aquellos con un volumen de negocios superior a 250.000 €.
Exenciones en zonas urbanas en dificultad
Se prevén exenciones temporales de la CFE para los establecimientos ubicados en zonas urbanas en dificultad (ZUS, ZRU, ZFU). Los límites de exención para 2014 se fijan en 28.408 € de base neta imponible para las ZUS y ZRU, y en 76.629 € para las ZFU.
Impacto en los autoempresarios
La supresión de la exención temporal de la CFE ha provocado un aumento de los costes fijos para los autoempresarios. Sin embargo, la CFE sigue siendo proporcional al volumen de negocios gracias a los límites introducidos, ofreciendo cierta flexibilidad en ausencia de actividad generadora de ingresos.
Exenciones para las microempresas
Las microempresas (menos de diez empleados y volumen de negocios anual que no supere los 2 millones de euros) que ejerzan una actividad comercial en los barrios prioritarios de la política de la ciudad pueden beneficiarse de exenciones temporales de la CFE, CVAE y TFPB.