TLDR: Las opciones sobre acciones están sujetas a un tratamiento fiscal distinto del de las opciones negociables. Algunos dispositivos se refieren a regímenes específicos, a plusvalías profesionales o a actividades agrícolas: no puede considerarlos aplicables automáticamente a todos los microempresarios.
Opciones sobre acciones: imposición de la ventaja
Si las opciones se han concedido en las condiciones previstas por los artículos L. 225-177 a L. 225-186 del Código de comercio, la ventaja corresponde a la diferencia entre el valor real de la acción en la fecha del ejercicio de la opción y su precio de suscripción o de compra.
Esta ventaja tributa en la categoría de los «rendimientos del trabajo». Esta regla se refiere a la ventaja vinculada al ejercicio de la opción y no constituye una regla general aplicable a todas las ganancias procedentes de instrumentos financieros. [S016]
Opciones negociables: un régimen distinto
El artículo 150 nonies se refiere a los beneficios obtenidos de las compras, ventas y ejercicios de opciones negociables realizados en Francia por personas físicas fiscalmente domiciliadas en Francia, sin perjuicio de las normas propias de los beneficios profesionales.
Debe distinguir esta categoría de las opciones sobre acciones: las opciones sobre acciones están sujetas a la imposición de la ventaja en la categoría de los «rendimientos del trabajo», mientras que el artículo 150 nonies se refiere a los beneficios procedentes de operaciones sobre opciones negociables. [S018]
En el caso de las opciones negociables, las operaciones que no se hayan liquidado a 31 de diciembre se tienen en cuenta para determinar el beneficio del año en el que se liquidan. Esta regla es propia de las opciones negociables y no se extiende expresamente a las opciones sobre acciones reguladas por el artículo 80 bis. [S018]
Opción prevista por el artículo 44 duodecies
Si cumple simultáneamente las condiciones de uno de los regímenes mencionados por el artículo 44 duodecies y las del régimen previsto por dicho artículo, puede optar por este último en los seis meses siguientes al mes del inicio de su actividad.
Esta opción es irrevocable. El dispositivo está vinculado a las condiciones propias del artículo 44 duodecies; por tanto, no debe presentarlo como una regla general aplicable a todos los microempresarios. [S017]
Plusvalías en caso de transmisión o cese
En caso de transmisión o cese de su empresa, la exención de las plusvalías prevista por el artículo 151 septies depende del nivel de los ingresos del año de realización y del año anterior.
Cuando se superan los límites de exención sin que los ingresos excedan de 350 000 € para determinadas actividades o de 126 000 € para determinadas otras actividades, la imposición parcial puede determinarse aplicando, para los dos años afectados, el tipo más elevado previsto por el dispositivo. Esta regla se refiere a las plusvalías realizadas con ocasión de una transmisión o un cese; no se aplica automáticamente a cualquier microempresario. [S014]
Particularidades de las actividades agrícolas
Si está sujeto al régimen de las microexplotaciones agrícolas, las materias primas y los consumibles producidos en la explotación pueden valorarse al 80 % del precio del día cuando sean habitualmente objeto de transacciones. Esta regla se refiere a la valoración de las existencias agrícolas y no constituye una regla general para los microempresarios de otros sectores. [S001]
Si ejerce una actividad agrícola en el sentido del artículo 63 del CGI, dicha actividad se beneficia de una exención de CFE. La exención se refiere a la propia actividad agrícola y no se extiende automáticamente a las actividades ejercidas en otros sectores. [S002]