TLDR: Los agentes pagadores deben enviar al polo RCM de la DRESG, antes del 31 de marzo del año siguiente al del pago de los dividendos, una lista recapitulativa de los importes totales abonados a cada beneficiario del procedimiento simplificado. También pueden presentar las certificaciones depositadas en el año N hasta el 31 de marzo del año N+1, siempre que aporten un certificado de residencia válido para N+1.
Plazo de envío de la lista recapitulativa
Debes enviar al polo RCM de la DRESG, antes del 31 de marzo del año siguiente al del pago de los dividendos, una lista recapitulativa. Esta lista debe indicar, para cada beneficiario del procedimiento simplificado, el importe total de los dividendos que se le hayan abonado.
Presentación de certificaciones en el marco del procedimiento simplificado
Puedes presentar las certificaciones depositadas durante el año N hasta el 31 de marzo del año N+1. Para ello, debes estar en condiciones de aportar, durante el año N+1, un certificado de residencia debidamente cumplimentado en N+1 por la administración del Estado de residencia de cada socio no residente que se haya beneficiado de esta medida.
Validez de los certificados de residencia
Los certificados de residencia tienen una validez de un año, correspondiente al año natural en el que han sido expedidos por la administración extranjera. Esta regla también se aplica en el marco del procedimiento simplificado.
Obligaciones generales de los agentes pagadores
Como agente pagador, estás obligado a cumplir con las obligaciones declarativas y de conservación de los documentos justificativos. Estas obligaciones se aplican independientemente de la aplicación efectiva de la bonificación del 40 % u otras ventajas fiscales.
Casos particulares y excepciones
No se prevén excepciones específicas para los OICVM en las fuentes consultadas. Los plazos y modalidades descritos se aplican de manera uniforme, salvo las condiciones generales del procedimiento simplificado.
Sanciones en caso de incumplimiento
El incumplimiento de los plazos o de las obligaciones declarativas puede dar lugar a la aplicación de sanciones fiscales. Estas sanciones son aplicables conforme a las disposiciones del CGI y a las modalidades prácticas definidas por la administración.