TLDR: Un representante fiscal es obligatorio para la retención en la fuente cuando el deudor de la retención no está establecido en Francia, excepto para los sujetos establecidos en Estados de la UE/EEE con convenios de asistencia administrativa y recuperación fiscal.
Obligación de representante fiscal
Un representante fiscal es obligatorio para la retención en la fuente cuando el deudor de la retención no está establecido en Francia. La obligación se aplica a todos los deudores no establecidos en Francia que deben efectuar, declarar y pagar la retención en la fuente sobre ingresos de fuente francesa. La designación debe realizarse antes del inicio de las operaciones en Francia y no puede tener efecto retroactivo, salvo autorización expresa del Service des impôts des entreprises étrangères (SIEE).
Excepciones a la obligación
La obligación de nombrar un representante fiscal no se aplica a los sujetos con sede en Estados de la Unión Europea (UE) o del Espacio Económico Europeo (EEE) que hayan suscrito con Francia convenios específicos de asistencia administrativa y recuperación fiscal. Además, no es necesario designar un representante fiscal para los contribuyentes no residentes que perciban únicamente pensiones de fuente francesa o ingresos mobiliarios (por ejemplo, dividendos o intereses) de fuente francesa.
Procedimiento de designación
La solicitud de acreditación del representante fiscal debe presentarse por escrito al Service des impôts des entreprises étrangères (SIEE). La solicitud debe incluir:
- La designación formal del representante por parte del deudor no establecido.
- La aceptación expresa del representante.
- El compromiso de cumplir con las formalidades a cargo del deudor y de pagar las retenciones en la fuente al servicio de impuestos.
El SIEE notifica por escrito el resultado de la solicitud de acreditación.
Responsabilidades del representante fiscal
El representante fiscal debe estar establecido en Francia y presentar una moralidad fiscal indiscutible. Puede ser una sociedad francesa, una sucursal o establecimiento permanente en Francia de una empresa extranjera, o cualquier tercero, siempre que cumpla con los requisitos. El representante fiscal no es personalmente responsable del pago de los impuestos del contribuyente, pero debe responder por las formalidades y los pagos en lugar del deudor.
Sanciones y revocación
En ausencia de designación del representante fiscal, el contribuyente no residente está sujeto a tributación de oficio. La acreditación puede ser revocada por el SIEE si el representante no cumple con las obligaciones fiscales personales o derivadas de la designación. La revocación se notifica por escrito.
Exclusiones específicas
La obligación de representante fiscal no se aplica a los contribuyentes no residentes que perciban solo pensiones de fuente francesa o ingresos mobiliarios de fuente francesa. Además, no se requiere para los deudores establecidos en Estados de la UE o del EEE que hayan firmado con Francia convenios de asistencia administrativa y recuperación fiscal.