¿Cuándo indicar «IVA no aplicable»?

Redactado por Solvo · a partir de fuentes oficiales · Publicado el 10 de septiembre de 2026

En resumen: Utilice la mención «IVA no aplicable» cuando se beneficie de la franquicia fiscal prevista en el artículo 293 B o el artículo 293 B bis del CGI. Indique la base legal correspondiente en sus facturas, notas de honorarios y documentos equivalentes.

Cuándo utilizar esta mención

Debe incluir la mención «IVA no aplicable» en sus documentos si está sujeto al IVA y se beneficia de la franquicia fiscal prevista en el artículo 293 B o el artículo 293 B bis del Código General de Impuestos (CGI).

Qué formulación debe incluir

La formulación depende de la base legal de su franquicia:

También puede hacer referencia al artículo 284 de la Directiva 2006/112/CE.

En qué documentos debe indicarlo

Incluya esta mención en la factura, la nota de honorarios o cualquier otro documento equivalente emitido por sus entregas de bienes y sus prestaciones de servicios cubiertas por la franquicia fiscal.

No debe hacer aparecer el IVA en estos documentos.

No confunda franquicia y exención

La mención «IVA no aplicable» no se aplica indistintamente a todas las operaciones exentas o no sujetas al IVA.

En el caso de una operación exenta, la factura no debe mencionar el IVA. Esta regla no significa automáticamente que deba utilizar la mención «IVA no aplicable».

Contenido informativo, no constituye asesoramiento fiscal personalizado.

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Fuentes oficiales

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