TLDR: La imposición separada es posible únicamente el año del matrimonio o de la celebración del PACS, mediante una opción irrevocable ejercida al presentar la declaración inicial. Es obligatoria para las parejas casadas bajo el régimen de separación de bienes que no vivan bajo el mismo techo. La opción queda excluida si los miembros de la pareja, ya unidos por PACS en un año anterior, se casan entre sí.
Principio general: la imposición conjunta
Las parejas casadas o unidas por PACS están sometidas por defecto a una imposición conjunta durante todo el año del matrimonio o de la celebración del PACS. Este régimen se aplica automáticamente a todos los ingresos percibidos por ambos miembros del hogar fiscal.
Opción por la imposición separada: casos y condiciones
Puede optar por la imposición separada exclusivamente el año del matrimonio o del PACS. Esta opción afecta a:
- Sus ingresos personales;
- Su parte proporcional de los ingresos comunes (a falta de justificación, estos ingresos se dividen a partes iguales).
La opción es irrevocable y debe ejercerse dentro de los plazos establecidos para la presentación de la declaración inicial de ingresos.
Exclusión de la opción
La imposición separada no es posible si ya estaba unido por un PACS celebrado en un año anterior y se casa con su pareja. En este caso, la imposición conjunta se vuelve obligatoria.
Imposición separada obligatoria
La imposición separada es obligatoria para las parejas casadas bajo el régimen de separación de bienes que no vivan bajo el mismo techo. Esta regla se aplica independientemente del año del matrimonio o del PACS.
Consecuencias prácticas
Optar por la imposición separada modifica la base imponible: cada miembro de la pareja declara sus ingresos personales y su parte proporcional de los ingresos comunes. Los límites de deducción (gastos, reducciones) se evalúan entonces de forma individual.
Casos particulares y límites
Si tiene derecho a una reducción de impuestos anterior al matrimonio o al PACS, puede imputar la parte correspondiente en su declaración individual para el año en cuestión, y el saldo eventual se transferirá a la declaración conjunta. El límite aplicable sigue siendo el de las personas solteras.