TLDR: Sí, debes declarar cualquier cuenta bancaria en el extranjero si eres residente fiscal en Francia. La obligación afecta a todas las cuentas abiertas, mantenidas, utilizadas o cerradas en el extranjero durante el año, sin umbrales mínimos. La falta de declaración conlleva sanciones de hasta 10.000 € por cada cuenta no declarada en países sin convenio de asistencia con Francia.
Obligación de declaración
Si eres residente fiscal en Francia, debes declarar todas las cuentas bancarias abiertas, mantenidas, utilizadas o cerradas en el extranjero durante el año. Esta obligación se aplica a todo tipo de cuentas, independientemente del saldo o la tipología (personal, conjunta o de la que seas beneficiario económico). La declaración debe realizarse junto con la declaración de la renta.
Quién debe declarar
La obligación de declaración se aplica a:
- Personas físicas residentes o domiciliadas en Francia.
- Asociaciones y sociedades no comerciales establecidas en Francia.
- Miembros del núcleo familiar fiscal (cónyuge, pareja de PACS, hijos a cargo).
- Beneficiarios económicos o titulares de derechos sobre una cuenta, incluso si no son titulares formales.
Cada cotitular es individualmente responsable de la declaración, incluso si solo uno reside en Francia.
Qué cuentas deben declararse
Deben declararse todas las cuentas financieras abiertas, mantenidas, utilizadas o cerradas en el extranjero durante el año, sin umbrales mínimos. Están incluidas en la obligación:
- Cuentas corrientes, de depósito o de ahorro en bancos o instituciones financieras extranjeras.
- Cuentas conjuntas.
- Cuentas de las que se es beneficiario económico.
- Cuentas "utilizadas", es decir, en las que se haya realizado al menos una operación de crédito o débito durante el año.
Cómo y cuándo declarar
La declaración de cuentas en el extranjero debe presentarse junto con la declaración de la renta. La información debe incluirse en la declaración principal, indicando las referencias de la cuenta (por ejemplo, IBAN, denominación y dirección del banco). No hay exenciones para cuentas con saldos bajos o en países específicos, a menos que exista un convenio de asistencia administrativa entre Francia y el Estado extranjero.
Sanciones y consecuencias fiscales
La falta de declaración de una cuenta en el extranjero puede acarrear sanciones de hasta 10.000 € por cada cuenta no declarada en países sin convenio de asistencia administrativa con Francia. Además, las transferencias de capital realizadas a través de cuentas no declaradas se consideran ingresos imponibles, salvo prueba en contrario.
Cuentas conjuntas y beneficiarios económicos
Cada cotitular de una cuenta en el extranjero está individualmente obligado a declararla, incluso si solo uno reside en Francia. También deben declarar la cuenta los beneficiarios económicos, los titulares de derechos económicos y los mandatarios que mantienen una cuenta en nombre de un beneficiario residente en Francia.