¿Dónde pagar sus impuestos cuando vive en Francia y trabaja en el extranjero?

Redactado por Solvo · a partir de fuentes oficiales · Publicado el 9 de septiembre de 2026

TLDR: No puede determinar el lugar de imposición basándose únicamente en su lugar de residencia y su lugar de trabajo. Si está sujeto a imposición en Francia, el artículo 10 del Código General de Impuestos establece el lugar de liquidación del impuesto en Francia según su residencia. Si es un trabajador desplazado al extranjero en las condiciones del artículo 81 A, puede aplicarse una exención francesa bajo determinadas condiciones.

El lugar de imposición no se deduce automáticamente

El hecho de vivir en Francia y trabajar en el extranjero no basta, por sí solo, para determinar en qué Estado debe pagar su impuesto sobre la renta.

Si está sujeto a imposición en Francia y tiene allí una única residencia, el impuesto se establece en el lugar de dicha residencia. Si tiene varias residencias en Francia, se establece en el lugar en el que se considera que tiene su establecimiento principal. Esta regla precisa el lugar de liquidación del impuesto en Francia; por sí sola, no permite concluir que su salario está sujeto a imposición en Francia y no en el extranjero.

Cuándo puede aplicarse el artículo 81 A

El artículo 81 A se refiere a las personas domiciliadas en Francia en el sentido del artículo 4 B del Código General de Impuestos, que ejercen una actividad por cuenta ajena y son enviadas por su empleador a un Estado distinto de Francia y de aquel en el que dicho empleador está establecido.

En este contexto, los salarios correspondientes a la actividad ejercida en el Estado de destino pueden beneficiarse de una exención del impuesto sobre la renta. Por tanto, no puede extender este régimen a cualquier persona que resida en Francia y trabaje en el extranjero.

El empleador debe estar establecido en Francia, en otro Estado miembro de la Unión Europea o en otro Estado parte del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que haya celebrado con Francia un convenio de asistencia administrativa contra el fraude y la evasión fiscales.

Las condiciones de la exención

La exención total puede aplicarse si demuestra que las remuneraciones correspondientes han estado efectivamente sujetas, en el Estado en el que ejerce su actividad, a un impuesto sobre la renta al menos igual a dos tercios del impuesto que se habría adeudado en Francia sobre la misma base imponible.

Para realizar esta comparación, debe aplicar las normas francesas de determinación de la base imponible y del cociente familiar, sin tener en cuenta los demás ingresos que usted o los miembros de su familia hayan percibido. El importe del impuesto pagado en el extranjero constituye el otro término de la comparación.

Para determinadas actividades enumeradas de forma limitativa en el artículo 81 A, puede cumplirse otra condición: la actividad debe haberse ejercido durante más de 183 días a lo largo de un período de doce meses consecutivos. Esta condición se refiere, en particular, a determinadas obras, a la instalación o explotación de complejos industriales, a la investigación o extracción de recursos naturales, así como a la navegación. No constituye una duración mínima aplicable a cualquier trabajo ejercido en el extranjero.

Lo que puede concluir

Primero debe determinar si está sujeto fiscalmente a imposición en Francia y si su situación corresponde al régimen específico del artículo 81 A. La mera existencia de un empleo en el extranjero no basta para establecer una exención en Francia ni para determinar automáticamente el país en el que debe pagarse el impuesto.

Si invoca la exención basada en la imposición en el extranjero, debe poder demostrar la sujeción efectiva de las remuneraciones y el cumplimiento del umbral de dos tercios. En principio, la justificación puede aportarse mediante una reclamación dentro de los plazos ordinarios; los elementos disponibles no precisan qué documentos concretos deben adjuntarse ni los plazos expresados en cifras.

Contenido informativo, no constituye asesoramiento fiscal personalizado.

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Fuentes oficiales

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