TL;DR
Te expones a una multa de 10.000 euros por cada cuenta bancaria no declarada cuando la cuenta se encuentra en un Estado o territorio que no ha celebrado con Francia un convenio de asistencia administrativa que permita el acceso a la información bancaria para luchar contra el fraude y la evasión fiscales.
La condición de aplicación
El incremento se aplica a la no declaración de una cuenta bancaria sujeta a la obligación de declaración prevista en el artículo 1649 A del CGI.
La cuenta debe encontrarse en un Estado o territorio que no haya celebrado con Francia un convenio de asistencia administrativa contra el fraude y la evasión fiscales que permita el acceso a la información bancaria.
El importe de la multa
La multa ordinaria es de 1.500 euros por cada cuenta no declarada.
Se eleva a 10.000 euros por cuenta cuando se cumple la condición relativa al Estado o territorio correspondiente.
Por tanto, el importe se calcula cuenta por cuenta, y no como un límite máximo global aplicable al conjunto de las cuentas.
Los años afectados
La multa se aplica por cada año no prescrito respecto del cual debería haberse presentado una declaración.
Por tanto, la sanción puede calcularse teniendo en cuenta tanto el número de cuentas no declaradas como los años afectados.