TLDR: Sí, en algunos casos. Puede beneficiarse de ella si tiene más de 75 años a 1 de enero, respeta el límite de renta fiscal de referencia aplicable y habita la vivienda. También puede aplicarse, bajo ciertas condiciones, una exención temporal de dos años a una residencia secundaria nueva o resultante de determinadas obras.
Exención para las personas mayores de 75 años
Puede beneficiarse de una exención del impuesto sobre bienes inmuebles si tiene más de 75 años a 1 de enero del año de imposición y si su renta fiscal de referencia del año anterior no supera el límite previsto en el artículo 1417-I del CGI.
La vivienda debe estar habitada por usted como propietario o usufructuario. Puede beneficiarse de esta exención para su residencia secundaria aunque ya disfrute de ella para su residencia principal.
La exención no se aplica si su residencia secundaria se pone a disposición exclusiva de un tercero, incluso sin contrato de alquiler.
Exención temporal para una construcción nueva
Una residencia secundaria puede beneficiarse de una exención temporal del impuesto sobre bienes inmuebles durante dos años cuando sea resultado, en particular, de una construcción nueva, una reconstrucción o determinados cambios de uso.
El propietario debe declarar el cambio en los 90 días siguientes a su realización definitiva. Para una vivienda unifamiliar nueva, la declaración inmobiliaria se realiza en línea desde el espacio «Finanzas públicas» del sitio impots.gouv.fr, a través del servicio «Bienes inmuebles».
El municipio o la EPCI puede suprimir esta exención para los locales destinados a vivienda o limitarla a determinadas viviendas. Una declaración tardía reduce la duración de la exención y puede provocar su pérdida total.
La TEOM sigue siendo exigible
La exención del impuesto sobre bienes inmuebles no se extiende al impuesto por la recogida de residuos domésticos (TEOM), que sigue siendo exigible.