TLDR: Los autónomos pueden beneficiarse de la exención de IVA en la venta de bienes usados si estos se han utilizado para las necesidades de su actividad y no han dado derecho a deducción de IVA en el momento de su adquisición. Esta exención no se aplica a bienes inmuebles ni a aeronaves.
Condiciones generales de exención
Para beneficiarse de la exención de IVA, los autónomos deben cumplir las siguientes condiciones:
- Los bienes deben haber sido utilizados para las necesidades de su actividad profesional.
- Los bienes no deben haber dado derecho a deducción de IVA, total o parcial, en el momento de su adquisición, importación o autofacturación.
Bienes afectados
La exención de IVA solo se aplica a bienes muebles corporales, como:
- Equipos y herramientas industriales
- Material de transporte
- Material de oficina e informática
Los bienes inmuebles y las aeronaves están excluidos de esta exención.
Obligaciones en caso de deducción inicial de IVA
Si el bien usado vendido había dado derecho a deducción de IVA, la cesión se vuelve imponible y el autónomo debe regularizar la deducción aplicada inicialmente. Esta regularización se realiza declarando los complementos de derecho a deducción en las declaraciones fiscales correspondientes.
Cesiones de bienes de inversión
Las cesiones de bienes de inversión, ya sean imponibles o exentas, están excluidas del cálculo del porcentaje de deducción de IVA. Esto significa que la cesión de estos bienes no influye en la determinación del coeficiente de deducción aplicable a otros bienes y servicios adquiridos por el autónomo.
Adquisiciones intracomunitarias
Para las adquisiciones intracomunitarias de bienes usados, la exención se aplica si el cedente es un sujeto pasivo que realiza operaciones que no dan derecho a deducción. El autónomo francés debe verificar que el vendedor en el otro Estado miembro de la UE no haya deducido el IVA sobre el bien.
Regularización del IVA
En caso de cesión de un bien que haya dado derecho a deducción de IVA, el autónomo debe declarar los complementos de derecho a deducción en las líneas correspondientes de sus declaraciones fiscales:
- Línea 21 de la declaración 3310 CA 3 para empresas sujetas al régimen real normal.
- Línea 27 de la declaración CA 12 (o CA 12 E) para empresas bajo el régimen simplificado de imposición.