¿Qué documentos fiscales hay que conservar y durante cuánto tiempo?

Redactado por Solvo · a partir de fuentes oficiales · Publicado el 26 de agosto de 2026

TLDR: En Francia, los documentos fiscales deben conservarse durante al menos 6 años a partir de la fecha de la operación o de la declaración, con excepciones específicas. Los particulares deben guardar los recibos fiscales durante 3 años, mientras que las organizaciones sin ánimo de lucro y los comerciantes de oro de inversión tienen obligaciones particulares. La falta de conservación puede acarrear sanciones.

Plazos de conservación según la categoría del contribuyente

En Francia, la duración de la conservación de los documentos fiscales varía según la categoría del contribuyente. Los particulares que se benefician de reducciones fiscales por donaciones deben conservar los recibos fiscales durante 3 años a partir del año en que el impuesto es exigible. Las organizaciones sin ánimo de lucro que emiten recibos fiscales para reducciones de impuestos deben conservar los documentos durante 6 años a partir de la fecha de emisión. Para los comerciantes de oro de inversión, la conservación de los documentos de identificación de los clientes es obligatoria durante 6 años, pero solo para operaciones de un importe igual o superior a 15.000 €.

Tipos de documentos que deben conservarse

Los documentos fiscales que deben conservarse incluyen libros contables, facturas de compra y venta, justificantes de gastos, documentos relacionados con operaciones con derecho a deducción del IVA, documentación de software y registros específicos. Los documentos digitales deben conservarse en su formato original durante al menos 6 años. La conservación debe garantizar la trazabilidad de las operaciones durante el período requerido.

Inicio de los plazos de conservación

El plazo de conservación de los documentos fiscales comienza a contar desde la fecha de la última operación registrada en los libros contables o desde la fecha de emisión o recepción del documento. Este principio se aplica tanto a los documentos en papel como a los digitales, garantizando que todas las operaciones sean trazables durante el período requerido.

Excepciones y sanciones

Existen excepciones a los plazos estándar de conservación. Por ejemplo, algunos registros deben conservarse durante 10 años. La falta de conservación de los documentos puede acarrear sanciones de hasta 150 €, aplicables tras un requerimiento formal. En caso de reincidencia, se prevén penas más severas, incluyendo la posibilidad de exclusión.

Obligaciones específicas para documentos digitales

Los documentos digitales deben conservarse en su formato original durante al menos 6 años. Esto significa que, si un documento se ha emitido o recibido en formato digital, no puede convertirse a papel para su conservación, sino que debe permanecer accesible electrónicamente.

Contenido informativo, no constituye asesoramiento fiscal personalizado.

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Fuentes oficiales

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