¿Qué efectos produce un número de IVA intracomunitario válido en VIES durante los trámites ante la DGFiP?

Redactado por Solvo · a partir de fuentes oficiales · Publicado el 23 de septiembre de 2026

TLDR: Si está establecido en otro Estado miembro de la Unión Europea y no dispone de un establecimiento permanente en Francia, un número de IVA intracomunitario válido en VIES le exime de adjuntar el certificado original de su condición de sujeto pasivo del IVA al realizar su inscripción en Francia. Esta exención no se aplica a la copia de su inscripción en el registro mercantil o en un registro equivalente.

¿A quién afecta?

La regla se aplica a los sujetos pasivos establecidos en otro Estado miembro de la Unión Europea que no tienen un establecimiento permanente en Francia y que realizan trámites de inscripción en Francia.

Debe identificarse, declarar las operaciones imponibles realizadas en Francia y, en su caso, pagar directamente el IVA a la DGFiP. Los trámites de inscripción se realizan ante el servicio de impuestos de las empresas extranjeras (SIEE) de la dirección de impuestos de los no residentes (DINR).

¿Cuál es el efecto de un número válido en VIES?

Al realizar la inscripción, normalmente debe adjuntar un certificado original de su condición de sujeto pasivo del IVA en el Estado miembro donde su sociedad tiene su sede o su establecimiento principal.

Está exento de presentar este certificado si su número de IVA intracomunitario es válido en VIES, el sistema de intercambio automatizado de información sobre el IVA establecido por la Comisión Europea.

Esta exención se limita al certificado original de su condición de sujeto pasivo del IVA. Siempre debe adjuntar la copia de su certificado de inscripción en el registro mercantil o en un registro equivalente de su país de origen.

Contenido informativo, no constituye asesoramiento fiscal personalizado.

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Fuentes oficiales

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