TLDR: Para deducir los gastos de teletrabajo en Francia, opta por los gastos reales y justifica cada gasto con documentos precisos: certificado del empleador, facturas, contratos, recibos. Los gastos deben ser profesionales, reales y proporcionados. La deducción se deniega para gastos personales o insuficientemente justificados.
Régimen de gastos reales
Para deducir los gastos de teletrabajo, debes optar por el régimen de gastos reales y no por la deducción fija del 10%. Los gastos deben ser profesionales, reales y justificados con documentos adecuados. Este régimen se aplica a todos los asalariados, incluidos los que trabajan en teletrabajo, según el artículo 83 del Código General de Impuestos (CGI).
Justificantes requeridos
Los justificantes necesarios para la deducción de los gastos de teletrabajo incluyen:
- Certificado del empleador que confirme la ausencia de una oficina asignada en la empresa.
- Contratos o recibos de alquiler, compra de inmueble o facturas de servicios (electricidad, gas, teléfono).
- Facturas de mobiliario, equipos informáticos, impresoras y otros dispositivos.
- Recibos de préstamos hipotecarios o alquileres, si son relevantes.
Gastos para la oficina en casa
Los gastos para la adaptación de una oficina en casa son deducibles si son estrictamente necesarios para la actividad profesional y están documentados. Esto incluye los gastos de mobiliario, equipos informáticos, impresoras y otros dispositivos, así como las facturas de servicios proporcionales al uso profesional.
Gastos generales y límites
Los pequeños gastos accesorios pagados en efectivo, como gastos de aparcamiento o documentación, no requieren justificantes hasta un importe de 150 € o 0,1‰ del volumen de negocios. Sin embargo, para importes superiores o gastos específicos, es obligatorio conservar todos los documentos originales.
Casos de exclusión
La deducción se deniega si:
- Los gastos son de naturaleza personal (comidas sin restricciones profesionales, viajes familiares).
- Los justificantes son insuficientes (estimaciones fijas no documentadas, recibos ilegibles).
- Los gastos de desplazamiento de más de 40 km no están justificados por restricciones objetivas.