En resumen
Sí. Su residencia principal ocupada como propietario forma parte de la base imponible del IFI. No obstante, su valor venal real se beneficia de una reducción del 30 % para determinar su valor imponible.
Una residencia principal imponible
La residencia principal no queda excluida del IFI cuando está ocupada por su propietario. Se tiene en cuenta en la base imponible del impuesto.
Una reducción del 30 %
La reducción se aplica al valor venal real de la vivienda. Por tanto, el valor considerado para el IFI corresponde al 70 % de dicho valor.