TLDR: Si su empresa depende de la DGE, opte por el pago centralizado de los impuestos sobre bienes inmuebles y, a continuación, complete el segundo formulario en línea en el sitio web inmobiliario de la DGE. Para vincular cada aviso, indique el departamento y el número de persona inmobiliario que figuran en el apartado «Sus referencias» del aviso.
Quién puede elegir el pago centralizado
Si su empresa depende de la DGE, puede optar por el pago centralizado ante el contable de la DGE de los impuestos sobre los bienes inmuebles construidos y no construidos, así como de los impuestos adicionales y anexos.
Debe formular la opción a más tardar el 30 de noviembre del año N para que entre en vigor el 1 de enero del año N+1. De lo contrario, no podrá beneficiarse del pago centralizado para el año N+1.
Cómo ejercer la opción
Al suscribirse inicialmente a los procedimientos telemáticos, descargue en la sección «Documentación útil» de www.impots.gouv.fr el formulario «TELEPROCEDIMIENTOS DE LAS EMPRESAS DGE». Marque «Opción por el pago centralizado de los impuestos sobre bienes inmuebles (TF)» y, a continuación, envíe el formulario al servicio competente de impuestos de las empresas.
Después de la suscripción inicial a los procedimientos telemáticos, puede ejercer la opción enviando el mismo formulario al contable de la DGE.
En ambos casos, debe completar el formulario de opción mediante la introducción en línea de un segundo formulario en el «sitio web inmobiliario para la Dirección de las Grandes Empresas», accesible a través de www.impots.gouv.fr.
El formulario debe designar al representante legal o al apoderado autorizado. Si el representante legal designa a un apoderado, también deberá cumplimentarse un poder.
Cómo vincular los avisos
En el formulario de opción, marque el pago centralizado de los impuestos sobre bienes inmuebles y, si procede, de los impuestos adicionales y anexos.
En el segundo formulario en línea, indique los elementos que permiten identificar los bienes inmuebles afectados. Para vincular cada aviso, indique:
- el departamento;
- el número de persona inmobiliario que figura en el aviso de liquidación, en el apartado «Sus referencias».
El número de persona inmobiliario consta de seis caracteres alfanuméricos y comienza por la letra P.
Consultar y pagar los avisos
Una vez ejercida la opción, la DGE pone en recaudación los impuestos sobre bienes inmuebles. Debe pagarlos obligatoriamente mediante pago telemático, es decir, mediante pago directo en línea.
Puede consultar sus avisos desde su espacio profesional siguiendo esta ruta: «MIS SERVICIOS» > «Consultar» > «Cuenta fiscal» > «Acceso por impuesto» > «Impuesto sobre bienes inmuebles» > «Avisos de liquidación».
Si un aviso no aparece en su espacio profesional, póngase en contacto con su servicio de impuestos de las empresas mediante la mensajería segura de dicho espacio para que actualicen su expediente.