Resumen: La elección entre el PFU (12,8 %) y la escala progresiva depende de la fecha de los pagos, el tipo de ingresos y la posibilidad de beneficiarse de reducciones fiscales. El PFU es el régimen por defecto para las primas pagadas a partir del 27 de septiembre de 2017, mientras que la escala progresiva es el régimen por defecto para las primas pagadas hasta el 26 de septiembre de 2017. Al optar por la escala progresiva, es posible beneficiarse de reducciones específicas, pero la opción es global e irrevocable para el año fiscal.
Fecha de los pagos
La fecha de los pagos es crucial para determinar el régimen fiscal por defecto. En los contratos de seguro de vida o de capitalización, las primas pagadas hasta el 26 de septiembre de 2017 están sujetas por defecto a la escala progresiva, aunque es posible optar por el PFU. Por el contrario, las primas pagadas a partir del 27 de septiembre de 2017 están gravadas por defecto con el PFU (12,8 %), salvo que se opte globalmente por la escala progresiva.
Tipología de ingresos
El tipo de ingresos influye en la elección del régimen fiscal. Las plusvalías por la venta de títulos o activos digitales están sujetas por defecto al PFU (12,8 %), pero es posible elegir la escala progresiva con una opción irrevocable para el año fiscal. También las prestaciones de pensiones en capital pueden estar sujetas al PFU o, por opción, a la escala progresiva.
Reducciones fiscales
La elección entre ambos regímenes influye en la posibilidad de aplicar reducciones fiscales. Al optar por la escala progresiva, se puede beneficiar de:
- Una reducción anual de 4.600 € para solteros o 9.200 € para parejas en productos de contratos de seguro/vida.
- Reducciones por período de tenencia (por ejemplo, 50 % después de 2 años o 65 % después de 8 años) en las plusvalías por la venta de títulos de PYMES.
- Una reducción fija de 500.000 € en las plusvalías por la venta de participaciones sociales.
Retención obligatoria a tanto alzado (PFO)
La retención obligatoria a tanto alzado (PFO) del 7,5 % se aplica obligatoriamente a los productos vinculados a primas pagadas a partir del 27 de septiembre de 2017, incluso si se opta por la escala progresiva. Esta retención no es liberatoria del IRPF, por lo que el contribuyente deberá pagar el IRPF según el régimen elegido.
Opción global e irrevocable
La opción por la escala progresiva es global e irrevocable para el año fiscal. Esto significa que, si se ejerce, se aplica a todos los ingresos de capital que entren en el ámbito del PFU para el año fiscal en curso. No es posible mezclar ambos regímenes para diferentes tipos de ingresos en el mismo año.
Pérdidas fiscales
Las pérdidas sufridas en inversiones o contratos gravados según la escala progresiva solo pueden imputarse a productos o ganancias del mismo tipo realizadas en el mismo año o en los 5 años siguientes.
Incompatibilidad entre reducciones
No es posible acumular la reducción fija con las reducciones proporcionales por período de tenencia sobre la misma plusvalía si esta está sujeta al PFU. La elección del régimen fiscal debe tener en cuenta, por tanto, qué reducción sea más ventajosa en el caso concreto.